La Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a una vivienda adecuada, Leilani Farha, ha presentado un informe centrado en la falta de hogar. La experta independiente señala que esta realidad demuestra la incapacidad de los Estados para proteger y asegurar los derechos humanos de las poblaciones más vulnerables. Hemos seleccionado las 10 claves que resumen este documento, imprescindible para entender los estándares internacionales en sinhogarismo:
  1. Hacia una definición universal. La falta de hogar no solo significa situación de calle. También la sufren las personas que buscan refugio en instituciones sociales, o las que viven en asentamientos informales. La Relatora apuesta por un concepto flexible y adaptado a las diferentes circunstancias, pero propone una definición internacionalmente válida y desde un enfoque tridimensional. En primer lugar debemos entender la ausencia de hogar como la ausencia del recurso material, pero también del aspecto social que conlleva. Segundo, como una forma de discriminación sistémica y de exclusión social, con la consecuente estigmatización del “colectivo de personas sin hogar”. Por último, se expresa la necesidad de reconocerlas como titulares de derechos humanos con enormes capacidades en su lucha por la supervivencia y la dignidad. Esta propuesta de definición se aleja de explicaciones morales sobre fracasos personales y soluciones basadas en la caridad, y se centra en identificar patrones de desigualdad, injusticia y violaciones de derechos humanos.
  2. Estigmas y prejuicios. La sociedad criminaliza a las personas que ven vulnerado su derecho a la vivienda. Como consecuencia, sufren violaciones de otros derechos como el derecho al trabajo, a la salud o a no ser sometidas a tratos crueles o inhumanos. Los Estados están obligados a derogar leyes y medidas que castiguen y obstaculicen la vida de estas personas y protegerles de los delitos motivados por prejuicios. Los medios de comunicación deben contribuir a eliminar esta discriminación y evitar estereotipos sobre este colectivo.
  3. Distinguiendo las causas. Más de la mitad de la humanidad ya vive en ciudades. En 2008 se superó la cifra. Estos procesos de urbanización han generado desigualdad en todos los países del mundo. Los Gobiernos se han olvidado de sus obligaciones en materia de protección social, incluida la vivienda asequible, y han permitido que los mercados privados orientaran el uso del suelo y del desarrollo urbano hacia sus intereses económicos. La vivienda es un derecho humano y no una mercancía.
  4. Crisis económica y desalojos. La Relatora se detiene especialmente en el fenómeno de los desahucios y recuerda las obligaciones de los Estados al respecto. Llega a afirmar que “cualquier desalojo que pueda dar lugar a una situación de falta de hogar, se debe reconocer en el derecho interno como una violación grave de los derechos humanos y se debe detener inmediatamente.”
  5. Impacto en las mujeres. Los salarios desiguales, la violencia de género y otras formas de discriminación abocan a las mujeres a la falta de hogar. El informe cita como “En España, muchas madres solteras estaban muy endeudadas debido a la compra de vivienda. En muchos casos, las antiguas parejas o maridos que compartían las hipotecas se negaron a negociar con los bancos la reestructuración, el alivio o la cancelación de la deuda.” El impacto diferente se ilustra también advirtiendo sobre las consecuencias del sinhogarismo para la salud menstrual de las mujeres que carecen de instalaciones sanitarias adecuadas.
  6. Colectivos vulnerables. Además de a las mujeres, la falta de hogar “afecta de manera desproporcionada a determinados grupos como los jóvenes, los niños, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los migrantes y los refugiados, los trabajadores pobres, y las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero. A cada uno de diferentes maneras, pero con causas estructurales comunes”. Por ello los Estados deben asegurar la no discriminación en el disfrute del derecho a la vivienda.
  7. Respuesta estratégica. Son necesarias una serie de políticas y programas intersectoriales que aborden simultáneamente la exclusión social y la privación de vivienda. Se debe contar con la participación de personas sin hogar en la elaboración de dichas estrategias, y establecer mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas a través de objetivos, plazos y procedimientos de denuncia.
  8. Medir el fenómeno. “Los Estados tienen la obligación de medir la magnitud de la falta de hogar, utilizando datos desglosados por género, raza y otras características pertinentes”. Las cifras oficiales no se pueden basar solo en registros de albergues sociales. Hay que generar estadísticas sobre otras formas de ausencia de hogar invisibles para la administración. También se subraya la importancia de la información cualitativa.
  9. Horizonte 2030. “La ausencia de toda referencia a la falta de hogar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible demuestra la continua marginación de las personas sin hogar”, denuncia la Relatora. A pesar de ese desinterés, todos los Estados se deben comprometer a eliminar la falta de hogar para el año 2030, de conformidad con la meta 11.1 de los ODS.
  10. Sí se puede. Se destaca que “las personas sin hogar han comenzado a reafirmar su identidad mediante reclamaciones de derechos humanos por conducto de los movimientos sociales y las acciones legales”. A lo largo del informe se presentan estrategias de éxito en la lucha global contra el sinhogarismo. Iniciativas de la sociedad civil como el Institute of Global Homelessness, los avances en la formulación del derecho a la ciudad, o la creación leyes de protección y promoción del derecho a la vivienda, demuestran que es mucho lo que se puede hacer.

En la Asociación Realidades creemos en el enfoque de derechos para nuestro trabajo con personas sin hogar. Ellas son las protagonistas tanto de los servicios que ofrecemos como de las acciones que lanzamos para sensibilizar a toda la ciudadanía. #NoCalles, “Sin Hogar y Con Derechos” es una campaña que quiere fomentar la participación y el empoderamiento de las personas sin hogar a través del conocimiento y reivindicación de sus derechos, así como informar y sensibilizar al conjunto de la sociedad sobre los mismos.

 

logo_web2

Pin It on Pinterest